Seguros de decesos

No existe momento más doloroso que el fallecimiento de un ser querido, por eso que contar con un seguro de deceso resulta de valiosa importancia. Aunque no disminuye en absoluto el dolor, dejar un respaldo económico antes de partir permite a la familia sobrellevar de mejor manera el difícil trance.

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Adeslas

  • Capital asegurado
  • Servicio funerario
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  • Accidentes
  • Gestión de trámites
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Helvetia

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Seguros Bilbao

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DKV

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Norte Hispana

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Santa Lucia

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Saber que alguien querido ha partido de este mundo hace que muchos se sumerjan en una profunda tristeza, y no pueden más que dejar a un lado todo, incluso situaciones importantes relativas al propio hecho del fallecimiento que hay que gestionar.

Así como existe la preocupación por la salud y se contrata un seguro médico para ello, también se debe tener previsión para el momento final. Lo mejor es no dejar cabos sueltos y tener todo bien preparado en la medida de lo posible.

Para eso, lo más sensato es confiar en una empresa aseguradora que cuente con cobertura de decesos para que pueda suponer una ayuda a tus familiares, sin contratiempos u otros problemas que se sumen al dolor por tu muerte.

Un seguro de decesos o defunción es en definitiva la garantía de que el asegurado contará con el servicio de enterramiento o incineración en caso de fallecimiento, incluyendo también otras condiciones como traslados y arreglos de papeleo siempre complicados.

En el mercado existen muchas compañías para escoger: Santa Lucía, Adeslas, Liberty, Bilbao, Ocaso, …, son tan solo algunas de las que puedes encontrar y que seguramente te harán sentir cómodo y con la certeza de dejar todo en buenas manos.

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Ventajas Adeslas, el mejor seguro de decesos

Cada seguro de deceso ofrece a sus asegurados o clientes potenciales diferentes condiciones. Adeslas ha sido incluida en el ranking de las mejores aseguradoras en toda España en 2020, gracias a que disponen de un servicio de calidad, con atención médica, coste de prima, reputación y servicio funerario de primera línea.

Pero para que puedas analizar las mejores opciones, lo mejor es darte a conocer varias aseguradoras, con sus ventajas y desventajas para que puedas escoger con cuál de ellas te puede ir mejor.

Adeslas
Se coloca en primera posición en este listado gracias a su atención y asesoría a la hora de realizar trámites, gestiones y cumplimiento de los servicios funerarios necesarios tras el fallecimiento del asegurado.

Se encarga de manera eficiente de los pasos engorrosos en los momentos difíciles. Cuentan con varias opciones de pólizas y garantiza que será cumplido todo lo que en el contrato está estipulado.

También cuentan con los planes más baratos, y puedes tranquilamente combinar un seguro de accidente con uno de decesos y saber que podrás estar tranquilo en cualquier circunstancia.

Norte Hispana Dispone de un seguro completo en cuanto a calidad y precio, combina muy bien las pólizas de vida y de decesos. Uno de sus productos premium es el de Prima Seminatural, considerada como el equilibrio más adecuado entre los precios y las coberturas para los diferentes riesgos. En un estudio realizado por la ICEA durante varios años, esta compañía ha tenido la menor cantidad de reclamos por mal servicio. Pero también, es importante conocer lo negativo. Al tener este tipo de prima, se paga lo mínimo y los ajustes de precios se hacen cada 5 años, con lo que el cliente puede notar el considerable aumento tras ese largo período. Dkv Cuenta con una buena reputación en cuanto a sus complementos de salud, en la repatriación de extranjeros y en el servicio funerario en general. En cuanto a lo negativo, los precios que deben pagar las personas mayores de 65 años se encuentra entre los más altos del ranking. Ocaso Es una de las que más años tiene en el área de decesos, sus servicios son de los más fiables y sus pólizas antiguas son las de mejor precio. Lo único negativo es que es necesario contratar un capital de 3.000 euros de cobertura en fallecimiento por accidentes. Helvetia Reconocida a nivel mundial, tiene buenos planes y lo mejor es que en algunos casos sus precios son muy asequibles y aceptan por primera vez a asegurados hasta los 80 años. Lo negativo es que las revalorizaciones de las pólizas pueden ser muy altas. La Fe En sus inicios, esta aseguradora se dedicaba al mercado funerario, lo que la hace una de las más conocedoras del sector. Ofrecen ciertas flexibilidades en el contrato a sus asegurados. Lo negativo es que sus cifras son bastante altas en el caso de Primas Únicas.

Preguntas y respuestas comunes sobre los seguros de deceso

Cuando llega el momento de adquirir un seguro de deceso, son muchas las preguntas que los clientes se plantean con respecto a la póliza, y eso es perfectamente entendible.

Además, también suelen surgir interrogantes por parte de familiares y amigos después del deceso. Por ejemplo, si la persona estaba asegurada, qué tipo de cobertura tenía, cuáles son los pasos que deben seguir después del fallecimiento, y otras muchas cuestiones.

En los últimos tiempos, los seguros de deceso de defunción han ganado popularidad en toda España

Sin embargo, un detalle importante que se debe tener en cuenta es que no todas estas pólizas son iguales. Entre las diferencias más notables están las cuantías que se deben abonar cada mes, los servicios funerarios que cubren y el tipo de contratación.

En España, existen al menos 8 millones de pólizas de decesos que están vigentes en la actualidad, en las cuales, al menos 21 millones de españoles están asegurados.

Seguro de decesos renovable anualmente

En este caso, la contratación se hace por un año y su renovación es automática hasta el día que el asegurado fallezca. Por supuesto, existe la posibilidad de que se pueda anular la póliza, siempre y cuando se avise con al menos un mes de anticipación a la fecha de renovación. Esto es la teoría y sería lo ideal si no quieres tener problemas con el seguro, si bien es cierto que aunque no sea lo más recomendable en muchas ocasiones queremos cancelarlo y, ya que no nos suelen avisar previamente a la renovación se nos olvida, acordándonos precisamente cuando nos pasan el recibo. En ese momento directamente lo anulamos si el pago se ha realizado por cargo en cuenta corriente. No es lo más recomendable, pero tampoco suele suceder absolutamente nada.

Dependiendo de la compañía, la edad máxima para adquirir la contratación es de 79 años, aunque en algunos casos puede ser más baja.

Dentro de este tipo de póliza, existen dos maneras de realizar el pago: la primera es por una Prima Natural y la segunda es por una Prima Nivelada.

De la forma de pago y las condiciones de ellas, más adelante se dará la información oportuna. Así podrás escoger la que mejor se adapte a lo que necesitas realmente y por supuesto al presupuesto que tienes estipulado invertir en dejar todo en orden antes de fallecer.

  • Prima Natural.
  • Prima Seminatural.
  • Prima Nivelada.
  • Prima Mixta.

Pero tranquilo, como acabamos de comentar más adelante se explicará de manera detallada a que se refiere cada una de ellas.

Seguro de deceso vitalicio a Prima Única

Este es un modelo exclusivamente diseñado para personas mayores de 70 años y el valor del contrato se paga por única vez

De esta manera, queda la garantía de un servicio funerario de por vida. Este tipo de seguro normalmente lo contratan las personas mayores para que sus familiares cuenten con un respaldo económico tras su fallecimiento.

Seguro combinado de decesos y accidentes

Un seguro de accidente provee la cobertura médica o la indemnización en caso de que el asegurado sufra un accidente que le provoque la incapacidad o la muerte. Y en ese caso, la póliza de deceso entra en vigencia.

Efectivamente, cada uno está condicionado para situaciones totalmente diferentes. Mientras uno garantiza el capital necesario en caso de un imprevisto en el presente, el otro se trata de dejar todo en orden en un futuro en el cual el deceso sea el desenlace.

Adquirir una póliza que incluya ambos casos es lo más recomendable y por eso resulta frecuentemente elegido por muchas personas. Con este tipo de pólizas, desde el primer momento el asegurado podrá disfrutar de la asistencia sin tener que preocuparse por papeleos o gastos.

Por supuesto, en cada caso existen algunas condiciones que se adaptan a diferentes situaciones. Es por eso que si estás interesado, es recomendable que investigues muy bien cuáles son las mejores opciones que puedan cubrir tus necesidades y por supuesto que se ajusten al presupuesto que tienes estipulado.

Seguro de Repatriación

Para las personas que han venido del extranjero, son residentes en España y ya han decidido que querrán ser enterradas en su país natal, éste es sin duda el tipo de seguro ideal.  No hay que olvidar que los gastos de repatriación en caso de fallecimiento suelen ser bastantes elevados.

Mediante una prima Natural anual renovable, el asegurado será trasladado después de su deceso al lugar indicado en la póliza o por sus familiares.

Si has leído hasta aquí seguramente ya lo tienes bastante claro, pero por si acaso lo vamos a recalcar: la muerte de un ser querido suele ser un golpe muy fuerte para los familiares, pero lo que se convierte en un verdadero dolor de cabeza, sin duda, es la organización del sepelio. Papeleos y dinero que se debe gastar para dar el último adiós. Muchas personas no se encuentran preparadas para este momento tan complicado, ni en el plano económico ni el psicológico.

Por ese motivo, nació en el sector de las aseguradoras un tipo de cobertura que se encarga de las acciones inmediatas a tomar después de la muerte. En 2018 las aseguradoras atendieron el 61% de los decesos en España, aproximadamente 275.000 personas.

Con tan solo una llamada a la agencia aseguradora en el momento del fallecimiento, todo será resuelto por los especialistas.

En Europa, sobre todo en España, un fallecimiento suele ser un importe considerable a afrontar por la familia (puede costar alrededor de 3.500 €), y puede ser algo difícil de cubrir financieramente para quienes no están preparados.

Aquí, los seguros de decesos funcionan de manera distinta a otras partes del mundo, ya que el servicio que se presta es por hacer todo el proceso, desde el papeleo hasta la velación, cremación o entierro, mientras que en otros lugares son servicios indemnizatorios, es decir, reembolsan el gasto hecho por los familiares que se han visto obligados a realizar todas las gestiones y a adelantar todos los importes de forma previa.

Seguramente, en este punto ya te estés preguntando, ¿lo necesito, no? ¿por qué adquirir un seguro de deceso? ¿merece la pena el gasto?

La respuesta es simple. Ellos (la aseguradora) se encargan de todo el papeleo que se debe realizar, que quita tiempo y energía y que muy probablemente sea mucho más engorroso cuando se tiene la mente obnubilada por el dolor, bloqueada y sin capacidad para resolver esta situación.

Quizás no estás al tanto de cuáles son los trámites necesarios después del fallecimiento de una persona. Es importante saber que entre tantas cosas, se debe realizar el borrado de huellas digitales, la expedición del certificado de defunción, los papeles testamentarios, ubicar la funeraria, etc

Por eso, es altamente recomendable que se contrate un seguro de deceso y poder así estar más tranquilo. En la actualidad existen muchas agencias que te pueden prestar este servicio, entre las más reconocidos están:

  • Santa Lucía.
  • Mutua General de Seguros.
  • Bilbao.
  • Lagun Aro.
  • Asdelas.
  • Ocaso.

Cada uno de ellos puede presentarte una serie de coberturas que van desde las más básicas hasta las más completas. Solo es cuestión de investigar muy bien, solicitar toda la información necesaria y escoger la que mejor se adapte al presupuesto que tienes planeado invertir.

De acuerdo a informes realizados por UNESPA, aproximadamente el 50% de las familias españolas ha decidido escoger un contrato asegurador de decesos como parte de su plan de vida

Ante un hecho que en algún momento será inevitable, lo mejor estar preparados y dejar todo en orden y así evitar que los familiares deban correr para cumplir con trámites y procesos burocráticos en plazos que suelen ser cortos.

Aunque cada compañía presenta condiciones y servicios totalmente distintos, en líneas generales existe una cláusula que siempre se debe cumplir. Se trata del valor de las primas, en cualquiera de sus tipos, y por supuesto es aquello a lo que el asegurado se compromete a través de un contrato.

Tomando esto como premisa, la edad del asegurado es un factor determinante en las condiciones generales que puede tener un seguro de ese tipo. A la hora de la contratación de una póliza, existen diferentes tipos entre los cuales puedes escoger.

Siempre es bueno revisar muy bien las condiciones que abarca el contrato. No solo se trata del servicio que puede prestar, sino que el importe que debes pagar casi seguramente cambiará de acuerdo con tu edad.

Por eso, es mejor dividir en 3 grupos los tipos de contratos y así conocer más sus condiciones.

Seguro hasta los 65 años

Antes de empezar a describir las condiciones de esta póliza, es importante recordar que en todos los casos las contrataciones se hacen de manera anual y son renovables al cumplirse el periodo de un año. La póliza se puede cancelar informando a la aseguradora un mes antes de la fecha de renovación.

En este caso, las opciones de pago de contratación son un poco más amplias, ya que se puede hacer por Prima Natural, Prima Seminatural, Nivelada o Mixta. Todo dependerá del presupuesto que se tenga estipulado para esta póliza.

Por supuesto, no todas trabajan con estas opciones. Por eso, lo mejor es que se investigue muy bien en cada una de las aseguradoras para analizar y escoger la que mejor se adapte a lo que tienes en mente.

Lo mejor es que en este caso contrates uno con una prima Natural o Seminatural, ya que estos son más baratos y ofrecen una buena cobertura. Si lo que deseas es pagar una cuantía uniforme todos los años mientras dure tu relación con la aseguradora, lo mejor es que contrates uno con Prima Nivelada.

Sin embargo, si tu intención es que no aumente mucho el precio cada año por cuestiones de edad, lo ideal en este caso es una contratación con Prima Mixta. Así pagas por tu edad y no habrá grandes variaciones anuales.

Seguro para personas entre 65 y 79 años

En este caso, ya se entra en las edades límites que la mayoría de las aseguradoras aprueban para la contratación de un seguro de deceso.

Considerándolo bien, en este caso, lo mejor es pedir un presupuesto de las diferentes opciones y escoger la que mejor se adapte a las necesidades. Existen dos posibilidades para realizar este contrato: el de renovación anual con las opciones de las diferentes primas, o bien con una Prima Única.

Si buscas la mejor opción, lo ideal es la contratación con Prima Única, ya que de esta manera se deja cubierto el servicio en caso de deceso, se paga una sola vez y no habrá dolores de cabeza adicionales.

En este tipo de contratación de Prima Única, por ejemplo, se hace un pago de 3.000 euros, por un servicio de 3.600. Resulta que año tras año, el precio del servicio puede aumentar, pero al ya tener este contrato, no es necesario seguir pagando. La inversión, al hacerse en un único importe, es considerable, pero el contratante no necesita volver a pagar.

Seguro para personas mayores de 80 años

Muy pocas aseguradoras aceptan a clientes mayores de 79 años, pero a pesar de eso, algunas de ellas han optado por presentar una opción interesante: el seguro Vitalicio a Prima Única.

Se trata de un importe único que se abona por la póliza, sin intereses, ni renovaciones anuales. Este es el precio del servicio de por vida. Este es el más indicado para los grupos de mayor edad de asegurados.

Aunque parezca increíble que algunas cosas tan básicas como la tenencia o no de un seguro puedan permanecer en secreto incluso dentro de la familia, es algo que lamentablemente sucede muchas veces.

Esta situación puede convertir en una complicación aún mayor para los deudos los procesos posteriores al fallecimiento. Por eso, lo mejor es saber cuál es el procedimiento que se debe seguir para conocer si una persona fallecida tenía un seguro de deceso o no.

Después de que la persona haya fallecido, llega el momento de solicitar en el Registro de Seguros el Certificado de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento. En este documento aparecen todos los datos sobre los contratos que fueron adquiridos por el fallecido.

Con esto, se puede conocer todo lo referente a las pólizas, beneficios y beneficiarios que ha dejado el asegurado, así como la compañía en la que suscribió la póliza.

El certificado de Contratos de Seguros

Este documento es el único aval que tienen los familiares para saber qué tipo de contrato y beneficios tenía el fallecido. Pero puede existir otra situación, y es que el fallecido no aparezca como asegurado en ningún contrato y eso podría deberse a las siguientes razones:

  • El fallecido adquirió uno de los seguros empresariales: es muy frecuente que grandes compañías los adquieran para su personal, eso está estipulado en el Real Decreto 1588 del 19 de octubre de 1999. En este caso lo lógico es que la empresa se ponga en contacto con los familiares que podrían desconocer la existencia de este seguro.
  • Que haya adquirido un contrato en el cual el titular y el beneficiario sean la misma persona. O sea, que el fallecido sea el mismo beneficiario.
  • Que el contrato se haya realizado por mutualidades de colegios de profesionales o con el objetivo de dar prestaciones de educación o prevención social y que actúen como previsión social empresarial.

Este documento debe solicitarse después de 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento.

Para poder hacer la solicitud, es necesario tener el Certificado Literal de Defunción emitido por el registro civil, en original y fotocopia, y presentar el DNI o si es extranjero, el documento de identidad del país de origen.

Todo esto que se ha expuesto es en caso de no saber si la persona tenía un seguro de deceso. Así que si al realizar todos estos trámites, se encuentra que la persona estaba asegurada, se puede hacer el reclamo de todo el capital que tenía contratado el difunto.

Los gastos y trámites posteriores a la muerte suelen ser muy complicados. Es por eso, que lo mejor es estar al tanto de la existencia o no de una cobertura aseguradora, ya que con una simple llamada a la aseguradora, todos los procesos quedarán en manos de esa empresa y se encargarán del pago de gestiones y de tramitar todos los papeleos necesarios.

Hoy en día, son muchas las personas en España que han decidido contratar un seguro de defunción y han tenido en algún caso problema con las cuantías del seguro y las devoluciones de importes. 

Por esta razón, los entes encargados del área aseguradora se han visto en la necesidad de implementar una nueva cláusula en la Ley del Contrato del Seguro, en la cual se establece que la compañía aseguradora tiene la obligación de devolver el dinero o parte, dejando claro en qué casos debe suceder:

Devolver el dinero sobrante

Esto es en caso de que el contrato sea por un capital mayor al gastado por los servicios funerarios. Por supuesto, como todo, debe estar estipulado en el documento que se firme desde el principio.

Dos seguros de deceso, un solo asegurado

Puede presentarse el caso de que una persona tenga dos seguros de deceso, por ejemplo, uno por la empresa donde trabaja y otro que haya adquirido de manera individual. 

Si los gastos funerarios no han sido cubiertos por la aseguradora (porque los ha cubierto la otra), deberá reintegrar la totalidad de la cuantía al beneficiario. Por supuesto, eso siempre que esté estipulado en el contrato.

En el caso de que los contratos sean por la misma aseguradora, deberán devolver todas las primas pagadas de alguno de los dos seguros a los beneficiarios.

En caso de no haber gastos

Aunque es una situación extrema, puede suceder que no se hace ningún gasto por servicio funerario. En ese caso, la cantidad total será devuelta a los herederos.

Cómo se puede recuperar el dinero

Solamente es posible si se presenta alguno de los casos anteriores y para eso deben cumplirse los siguientes pasos:

  • Leer bien el contrato y verificar que estén estipuladas esas cláusulas desde el principio de la contratación, a la vez que se debe saber el importe total que ha de cubrir la aseguradora.
  • En caso de que el gasto funerario no haya sido cubierto por completo, se debe llamar a la aseguradora.
  • Cuando se establezca contacto con la compañía de seguros, debe exponerse bien la situación para que ellos indiquen cuáles son los pasos que hay que seguir para poder recuperar el dinero.
  • Es importante tener a mano todas las facturas de los gastos funerarios en caso de que el trámite signifique la solicitud de reembolso de dinero en caso de gastos no cubiertos por la aseguradora.

Lo más importante es destacar que los llamados derechos por antigüedad sólo tienen vigencia en contratos con Prima Nivelada.

Cuando se realiza un contrato con el pago de esta prima, se establece una condición en la cual la tasa va en función de la edad de ingreso del asegurado.

Entonces, la antigüedad sirve para mantener la tasa de prima congelada en la fecha de la contratación, y con el paso de los años se van disfrutando de las ventajas.

En otras palabras, cuanto más joven sea el contratante más probable es que los costes vayan disminuyendo con el avance de la edad.

La antigüedad no refiere a que el servicio será mucho mejor que el que hayas contratado, solo implica que el importe que deberás ir pagando será cada vez más bajo.

Pero como todo, es importante que todo esté estipulado en las condiciones de la contratación.

Conocido por muchos en España como “Consorcio”, fue creado en 1941, posteriormente a la Guerra Civil; se trata de una entidad empresarial pública que depende del Ministerio de Economía y Hacienda y se encarga de algunos aspectos dentro del sector asegurador.

A nivel legal, se considera una personalidad jurídica con capacidad plena de poder en cuanto al cumplimiento de ciertas funciones de las aseguradoras.

En otras palabras, tiene la finalidad de regular y cubrir algunos de los riesgos extraordinarios que se puedan presentar, por ejemplo, pérdidas por catástrofe, ya sean naturales o creadas por el hombre. 

También tienen la función de responder en el caso de siniestros causados por personas que no tienen seguros o por entidades que no pueden hacer frente al gasto ocasionado.

El nacimiento de esta entidad tuvo como objetivo que las personas, negocios o compañías que no cuentan con el suficiente capital para cubrir un seguro de riesgo (por encontrarse en una zona de alta peligrosidad -y que en teoría deberían pagar más dinero que alguien que se encuentra en zonas de menor riesgo), puedan igual disfrutar de estos contratos, ya que, al ser una solución global, el riesgo se comparte entre varios.

¿Cuál es su función real?

No solo le ofrece la tranquilidad necesaria a la persona y a la sociedad en general, sino que también permite que se pueda calcular económicamente el valor real de los costes de los seguros de los diferentes bienes muebles e inmuebles, así como de las personas.

En esencia es un fondo de garantía para la población española, así como para las aseguradoras que en algunas circunstancias no consiguen garantizar o cumplir con la totalidad del gasto del siniestro.

 

Aunque ya se ha mencionado en apartados anteriores que estas primas son la manera de poder pagar el seguro de deceso, ha llegado el momento de una explicación un poco más exhaustiva, y, así, como asegurado o posible contratante de un seguro, podrás escoger cuál de ellas se puede adaptar mejor a lo que estás buscando.

Prima Natural

Una de las cláusulas de los seguros de deceso establece que la prima se paga y se renueva anualmente.

El importe a pagar irá de acuerdo al capital contratado para el momento del sepelio de los asegurados y la edad del contratante. Por supuesto, con el paso de los años y de las nuevas renovaciones, los valores podrían ir en aumento, debido al avance de la edad de los asegurados.

Prima Seminatural

Esta es una variante de la anterior, en la que se contrata y se renueva de manera idéntica cada año, pero el precio solo aumenta cada 5 años. Durante esos años, el importe anual es un promedio de las primas para ese período. Igualmente, se puede cancelar la póliza con un mes de antelación a la fecha de renovación.

Prima Nivelada

Igualmente, se contrata anualmente, pero en esta ocasión, la compañía aseguradora realiza una estimación de las primas promedio que se deberán pagar en una serie de 5, 10, 20 años y resto de la vida

Con esto se consigue que los asegurados en etapas jóvenes de su vida no deban pagar altas sumas en primas

Con este tipo de contrato, las aseguradoras buscan llegar a mayor cantidad de clientes, ya que el gasto más fuerte de una póliza se amortiza a lo largo de cada período y los aumentos son espaciados en el tiempo.

Prima Mixta

Esta es una versión que combina lo mejor de las 2 anteriores. En este caso, la compañía de seguro busca dividir en 2 partes el capital del contrato por la póliza de deceso para el servicio funerario. Uno se paga mediante una prima Natural y el otro con una Nivelada.

Un ejemplo es que si el contrato es de 6.000 € por servicio funerarios, la mitad se hará con la prima Natural y la otra con la Nivelada, con la intención de que el aumento del precio del seguro sea más atenuado con el paso de los años.

Muchas razones pueden llevarte a que decidas dar de baja o cancelar el seguro de deceso en algún momento, bien sea porque en la empresa donde trabajas te hayan asegurado, bien sea porque tienes la intención de cambiar de compañía aseguradora o simplemente porque ya no te interesa.

Cualesquiera que sean las razones, aunque darse de baja de un seguro no es tan engorroso, de igual manera debes cumplir con una serie de requisitos y de tiempos. Por eso, aquí conocerás cómo debes realizar el trámite.

Lo que se necesita

  • Lo primero que debes hacer es notificar a la aseguradora que quieres finalizar la relación de contrato al menos 30 días antes de la fecha de vencimiento de la póliza. Si el tiempo se te pasa, tendrás que esperar teóricamente un año más.
  • Hay una carta modelo de cancelación de seguro de deceso que debes completar y enviar a tu compañía aseguradora.

Los documentos necesarios para la carta de cancelación

Es importante que inmediatamente tomada la decisión de cancelar el contrato, comiences a juntar los siguientes documentos. De esa manera, será un paso adelantado, no dejes esto para última hora.

  • La carta modelo para cancelación del seguro de deceso.
  • Datos de la compañía aseguradora.
  • El número de tu póliza de seguro.
  • Tu DNI o documento de identificación.
  • La fecha de entrega de la carta a la aseguradora.
  • La firma del asegurado.

Dónde encontrar la carta modelo

Aunque en muchas sociedades la palabra empeñada es más fuerte que el papel, en cuestiones legales, lo mejor es dejar por escrito las acciones. Es por eso que conveniente informar la baja o cancelación del seguro de deceso mediante esta carta.

Para obtenerla, existen 2 maneras: la primera de ella es solicitarla a la compañía aseguradora o bien a tu corredor de seguros, y la segunda es descargarla desde la página web oficial de la compañía.

En cuanto a la manera de hacerla llegar a la compañía, lo puedes hacer de manera directa en las oficinas más cercanas o bien la puedes enviar por fax, por correo o por email. Lo importante es que tengas un respaldo de la fecha de envío de ese documento.

Adeslas

Considerada como una de las de mayor importancia en el área de seguridad para sus asegurados, esta compañía cuenta incluso con un número para sus clientes fuera del territorio nacional.
  • Teléfonos para la atención al cliente en España: 902 242 242 / 910 830 113 / 910 830 115.
  • Teléfono para nuevas contrataciones: 910 791 097.
  • Teléfono para la atención al cliente que se encuentra fuera de España: +34 917 453 280.
  • Página web: www.adeslas.es

Helvetia

Con 53 oficinas en todo el territorio nacional, esta compañía de seguro cuenta con su página web y números de contacto activos las 24 horas.
  • Teléfono: 913 939 057
  • Para declaración de siniestros: 954 59 32 39
  • Página web: www.helvetia.es

DKV

Tiene su oficina principal en Madrid, en la calle de Diego de León, 45, 28006.
  • Teléfono de la oficina principal: 913 79 04 00.
  • Teléfono de DVK Seguros: 900 500 101.
  • Para atención de clientes: 976 506 000
  • Página web: www.dkvseguros.com

Seguros Bilbao

Perteneciente al grupo Catalana Occidente, se encuentra en Bizkaia en Paseo del Puerto, 20 48992 Getxo.
  • Teléfono: 946 421 241
  • Página web: www.segurosbilbao.com

Norte Hispana

Con más de 60 años en el mundo asegurador, se especializa en seguros de decesos y cuenta con sedes en casi toda España.
  • Teléfonos: 935 12 61 11 / 902 40 60 60.
  • Página web: www.nortehispana.com

Santa Lucía

Con casi un siglo en el mercado de las aseguradoras, es una de las más reconocidas en España. Tiene su sede principal en la ciudad de Madrid, específicamente en la Plaza de España.
  • Teléfono para atención al cliente: 900 24 20 20.
  • Teléfono de contratación: 91 394 07 13.
  • Página web: www.santalucia.es
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